renovación CAP

Para profesionales de la conducción

CURSO DE RENOVACIÓN CAP

Si eres conductor o conductora, recuerda que tienes la obligación de realizar el curso de renovación del CAP para manejar vehículos destinados al transporte de alta ocupación por carretera de viajeros y viajeras.

Para realizar el CAP recuerda que necesitas un carnet de las clases D1 o D y el permiso de conducir profesional expedido antes del 11 de septiembre de 2008 y en el caso de camiones de mercancías un carnet de las clases C1 o C/C+E y el permiso de conducir profesional expedido antes del 11 de septiembre de 2009.

VALIDEZ DE NUESTRA FORMACIÓN

La tarjeta habilita para conducir por carreta en cualquier país de la UE, Suiza y Noruega. Del mismo modo las tarjetas expedidas en estos países habilitan para conducir en España.

Su validez son 5 años y tras ellos se debe solicitar el curso de formación correspondiente de 35 horas de duración.

FORMACIÓN TEÓRICA Y PRÁCTICA EN LA ACREDITACIÓN Y FORMACIÓN

Los cursos de actualización del CAP, también conocidos como CAP Continuo,deben ser realizados por todos los conductores y conductoras comerciales cada cinco años. Constan de 35 horas de teoría sin prácticas ni exámenes obligatorios.

Estos cursos de actualización del CAP para el transporte de mercancías deben realizarse a lo largo de la vida laboral y constan de 35 horas de teoría sin prácticas ni exámenes obligatorios.

Los conductores con permiso de conducir D1, D1+Eb, D,D+E anterior al 11/09/08 o C1,C1+E,C,C+E anterior al 11/09/09 deben hacer el curso de 35 horas o formación continua.
El contenido de este curso es:

  • Seguridad vial
  • Técnicas para el ahorro de carburante
  • Técnicas de conducción
  • Normativa actualizada.
    Los participantes tienen la oportunidad de realizar el curso CAP de renovación obligatorio cada 5 años, una vez realizado el curso, se obtiene el carnet CAP, que te acredita la aptitud profesional del conductor. 

IMPLEMENTACIÓN Y EQUIPOS ADECUADOS PARA LA CERTIFICACIÓN

Grupo Forma-t somos centro autorizado para la impartición de la formación continua y, por lo tanto, cumplimos con las exigencias del Real Decreto 1032/2007, de 20 de julio.

Contamos con instalaciones y materiales adecuados para el correcto aprovechamiento además de horarios que permiten la compatibilización con el horario labora

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